Amparo Mutual Vejez

Amparo Mutual Vejez
Amparo Mutual Vejez

Funciona bajo la figura de un plan de ahorro programado que le garantiza tranquilidad y respaldo durante sus años dorados y de esta manera puede continuar con el estándar de vida acostumbrado.
El Amparo Mutualista de Vejez es un servicio de interés social, con carácter de protección económica, que busca el bienestar económico del Asociado cuando él y su familia vean disminuidos sus ingresos por razón de su edad o el paso a su condición de pensionado.

Consiste en recaudar mediante una cuota mensual que varía dependiendo de la edad del asociado, una cuota de la cual el 85% va al Fondo Individual y el 15% va al Fondo Común.

Si al 1 de abril de 2017, el asociado tiene entre 52 y 56 años de edad, continuará haciendo los aportes para vejez hasta el mes en que cumpla los cincuenta y siete (57) años de edad y comenzará a recibir su auxilio mensual al mes siguiente. De lo contrario recibirá el primer auxilio a partir de  los 60 años.

Este cambio se realiza en virtud de resultados obtenidos del monitoreo periódico que se le realiza al Amparo Mutualista de Vejez, el cual concluye que nuestros médicos asociados comienzan a presentar una esperanza de vida mayor a la que tenían en la apertura del mutual.

El auxilio al cual el asociado amparado en vejez tiene derecho, se entrega de forma mensual y vitalicia o por el tiempo que esté vinculado a PROMEDICO.

 

De interés

  • Si el asociado se excluye o se retira voluntariamente, PROMEDICO devuelve hasta el 100% del 91% de las cuotas aportadas, si tiene más de 24 cuotas canceladas. Si tiene entre 13 y 23 cuotas pagadas se le devuelve el 90% y entre 1 y 12 cuotas pagadas se le devuelve el 80%. Los intereses generados para todos los casos anteriores se destinan al Fondo Común.
  • En caso de fallecimiento del asociado, sus beneficiarios del Amparo Mutual de Vida reciben el total de aportes y rendimientos del Fondo Individual y los aportes realizados al Fondo Común.
  • Sólo los asociados que ingresan al Fondo, menores de 60 años, tendrán cubrimiento para los amparos mutuales de vida, incapacidad e invalidez, por lo cual deben cancelar su cuota. Para el caso del Amparo Mutual de Vejez, aplicará la cobertura si el asociado puede realizar aportes por un periodo no inferior a 5 años.

TENGA EN CUENTA

1.    Para el reconocimiento del auxilio por concepto de Amparo Mutual de Vejez,  los Asociados deben estar al día en sus obligaciones con PROMEDICO. 

2.    El valor del auxilio se abonará a su cuenta  y se verá reflejado  en el  aviso de cobro.

3.    Si el valor abonado  es superior al  valor  a pagar en su aviso de cobro, dicho excedente se abonara  a través del medio de pago y destino  escogido por cada asociado.

 

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