Amparo Mutual de Préstamo
Este es un servicio de interés social que cancela el saldo insoluto de las deudas que el asociado tenga por créditos en PROMEDICO a la fecha de su fallecimiento. Este Amparo lo deben pagar los asociados que tengan créditos vigentes y se liquida por cada crédito vigente, multiplicando un factor que depende de la edad del asociado, por cada $1.000 de saldo de capital.
En caso de que el asociado complete tres cuotas mensuales en mora, se pierde los beneficios de este Amparo.
El Amparo Mutual de Préstamo no cubre:
- Cuando al ingreso a PROMEDICO el asociado haya cumplido los 60 años de edad.
- Créditos de consumo para bienestar y recreación
- Cuando sea de conocimiento de PROMEDICO que el asociado está padeciendo una enfermedad o condición patológica que eleve notablemente el riesgo.
- Cuando el asociado esté recibiendo auxilio de invalidez en PROMEDICO
Calificar: